Actas de 1990 originada en 1976 para el sector médico, 1976 año (de origen) para la enmienda regulatoria de artefactos/dispositivos médicos que proveen los requisitos para la venta de
los mismos (artefactos, dispositivos y otros, llámese producto a continuación) al sector médico en USA. Dichas regulaciones aplican para exportación, venta nacional e importación. Estas establecen un orden (en USA 21 CFR 820 | 2002 establece
los requisitos para FDA QSR) para:
Nota: Provisto bajo código de ley se han establecido enmiendas para productos con anterioridad a 1976 y subsecuentes - nuestro tema se enfoca en subsecuente. Para aplicación específica de producto habra que ver bajo la Directriz Europea 93/42/EEC y otras.
Clasificación de Artefactos y Dispositivos (USA FDA cGMP QSR... CMDCAS)
Los artefectos, dispositivos y otros se califican en tres categorías:
Las tres Clases I, II y III están sujetas a calificación y confirmación del producto especifico por el FDA.
Nota - Existe compatibilidad con el marco regulatorio de la Unión Europea.
No están necesariamente sujetos "Pre Market Approval (PMA), 510k", típcamente por ser
Clase I no requieren establecer requerimientos especificos, si reconocer que antes de su venta (90 días) se tienen que presentar al ente reggulador FDA. El FDA determina que hay información objetiva y suficiente para declarar
requerimientos generales. Los requerimientos generales incluyen NO modificar o cambiar (adulterar) el producto, requisitos de registro (inclusión en en listado FDA), conformidad a FDA cGMP (QSR), esquema de etiquetado y mentener
registros de acuerdo a cGMP (ISO 13485).
Sección Regulatoria 510k ("PMA") La 510k, prevista en 21 CFR 807 (parte E), es una sección esencial del marco
regulatorio FDA / Acta FD&C. Dicha sección requiere que los productores notifiquen al FDA 90 días antes de introducir un nuevo producto - se le llama también Notificación Pre Mercado.
Nota: También véase "Guidance for the Biological Evaluation of Materials".
510k resulta en que el FDA decida si el producto es equivalente, similar o igual a otro existente. Si no se encuentra equivalencia o similaridad la resultante es clasificación en la Clase III - si aplicase "equivalencia" tiene que ser de un
producto "legalmente" en el mercado.
Requisitos "PMA"/510k, en su clasificación para Clase III, para dichos productos se requieren presentar ante el FDA para evaluar, revisar y aprobar (inclusive pruebas clínicas). No es suficiente comparativo o equivalencia, se tiene que objetivamente demostrar que el mismo es seguro y efectivo.
Administración de RiesgosISO 14971 es la normativa internacional guía que asiste a organizaciones en la identificación y control de riesgos en el sector de dispositivos y artefactos médicos.

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